jueves, 17 de marzo de 2011

"LA DILIGENCIA DE ACREDITACIÓN DE HECHOS " por PROFECO!!!!

En un oficio fechado hace 3 días--14 de marzo 2011--la inefable Blanca Selene Corona Marquina, jefa del departamento de servicios de la delegación en Cuernavaca de PROFECO, pone que la audiencia que se habían rehusado a fijar, apenas la semana pasada, sería llevada a cabo hoy en la mañana. A la misma hora, 10 y media, estaba la quejosa en el taller de marras y allí llegaron dos notificadores por sus propios medios.

Se habían negado, también, a ir. Exigían que la joven señora consumidora fuera a buscarlos. Cambió su parecer-- al parecer-- el Sr. Cedillo Medina y se enfrentaron a un pequeño hombre de la tercera edad que era el maestro Javier "N". Se negó a identificarse y el señor "N", asimismo rechazó todas las acusaciones de la consumidora.
 
Empero, encontraron el auto en plena carretera Cuernavaca-Acapulco, frente a una cerrajería sin nombre, en cuyo interior está el pequeño antro dizque taller (no hay ninguna herramienta, ni aparato). Empero el supuesto C. Ernesto Nápoles González (lo que no consta, porque no firma y su nombre aparece sólo mecanografiado) pone eufemísticamente que el  "veiculo (sic) se encuentra en una parte de afuera del taller" (?). Es decir, para Napóles, Francisco Hernández y/oJaime Uscanga la carretera es ¡¡la parte externa del taller!!

Comienza el informe por permitirse informar a la Procu del estado del auto. Pues en ninguna parte de este escrito, con pésima sintaxis--que resulta peor que la de un chiquillo de primaria-- se dice cuál es, a SABER QUE el auto está descompuesto, queNO TIENE BATERÍA, PORQUE SE LA ROBARON Y EL SR. "N", SE REHÚSA A REPONERLA; QUE NO TIENE ARRANQUE, PORQUE NO HA ARREGLADO ESA FALLA--motivo por el que lo llevó en grúa a su taller-- Y que está sucio, empolvado, rayado y abandonado, como fierro viejo.Luego, se sacan de sus pistolas ambos gacetilleros de la procu de Cuerna que (todo, sic)  "por lo tanto se llego a una solucion que el consumidor comprara la pieza del veiculo y la parte proveedora respondera por la garantia de su trabajo pero al cambiar de nuevo por lo tanto el consumidor no estar de acuerdo con el cobro de la reparacion por lo tanto manifiesto nuevamente el veiculo se quedo fuera del taller manifestando el proveedor no hacerse responsable del veiculo por lo tanto se le entrego 400 pesos del 50% de antisipo de la reparacion (?) se le cambiaron las bujias y un anticongelante y lo escanearon para detectar falla por lo cual el consumidor manifiesta que no le pidieron autorisacion de poner las refacciones sin mas por el momento se dio por terminada diligencia siendo las 12.05 del dia antes mensionado".
¿No quiere creer usted  que en el párrafo precedente el quassi analfabeta de  la procu de Cuerna cometió 36 errores garrafales? Vuelva usted a leerlo y hállelos. ¡Es un puzzle!
 
En ese galimatías, ni usted ni yo podremos saber nunca que quiso exponer el informante de la Delegación Morelos de la PROFECO. Es una "pieza" para "aunque usted no lo crea".
Tras ¡cuatro veces!  repetir el idiotismo "por lo tanto" sin ton ni son, en un error tautológico, expresiones  que no son consecuencia de ninguna conexión lógica anterior, se ve que se conmina al cliente  a comprar la refacción, consistente en un sensor de acelerador-cigüeñal de Nissan, el cual valuó N en 400 pesos, dinero que le fue entregado inmediatamente, prometiendo que el auto estaría listo el mismo día, 1 de marzo . Ese día manifestó que su reparación costaría otros 400 pesos, con lo cual se pagó por adelantado el 50% del costo sin que entregara el presupuesto por escrito ni extendiera recibo por el dinero entregado.

Este "N" es una identidad tan perdida como su nombre para la Secretaría de Hacienda. Parece que vive del aire. No paga impuestos por los trabajos realizados ni se sabe nada de sus ingresos. No da ninguna garantía ni extiende resguardo, recibo, justificante, comprobante, acuse, factura, vale, talón, albarán al incauto cliente.
Ahora bien, quizás lo más trascendente de esta visita que se sospecha, se conjetura,  que era para detectar anomalías, violaciones e infracciones a la Ley de la PROFECO, tales como los artículos:  7bis (no hay en ese antro ninguna exhibición de forma notoria y visible del monto total a pagar por los servicios que ofrece el proveedor, como el cambio de bujías, anticongelante, etc.); el art. 9 (porque se robaron el acumulador y aunque el Sr." N", afirma que ignora cómo pasó, lo cierto es que dicho artículo señala que incurre en responsabilidad administrativa por actos propios o de sus colaboradores, subordinados y toda clase de personal por ese tipo de actos, en el caso de sustracción de bienes ajenos que atentan a derechos de propiedad),
o el art. 12 que señala que además de la legislación fiscal, que debe condenarlo a pagar una MULTOTA, el proveedor tiene obligación de entregar al consumidor, factura, recibo o comprobante en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada.

Por otra parte, nada decir de que los 400 pesos que señalan los enviados de la PROFECO-CUERNAVACA, aunque, en efecto, tales empleados no dicen esta boca es mía, al respecto, esa cantidad --400 pesos--que admitió haber recibido "N",  ESTÁ RELACIONADA CON EL ARTÍCULO 59 que indica que antes de la prestación de un servicio, el proveedor deberá presentar presupuesto por escrito y en el caso de reparación, el presupuesto deberá describir las características del servicio, el costo de refacciones y mano de obra, así como su vigencia.
De todo esto se habló, durante la diligencia, pero no se asentó en el acta ni un ápice. Lo que oyeron y atestiguaron  la quejosa, la señora Guadalupe Reyes Vázquez y el Sr. José Guillén, además de estos hechos, relacionados con los mencionados artículos de la ley en la materia, es:

1.- Al Sr. "N" la ley PROFECO y sus representantes le importan tan poco que "se los pasa por debajo del arco del triunfo", tal cual, así lo dijo ¡y lo adornó con una mímica vergonzosa!
2.- Que la joven señora Alice Denegre Vaught "es peor que su padre, el cual goza de la nada envidiable fama de ser conflictivo y de pelear ante gigantes del automovilismo como son Nissan y Peugeot, no más por no pagar".
3.- Que no devuelve la batería robada ni la sustituye por otra equivalente.
4..- Que no sólo no paga daños ni perjuicioos por retener el auto por más de un mes sin haberlo reparado, sino que pretende cobrar pensión por haberlo tenido todo ese tiempo sin repararlo.
5.- Que no se hace responsable de lo que le haya pasado al auto por haberlo tirado arbitrariamente a la carretera que pasa frente a su taller.
6.- Que no paga por el traslado del auto a otro taller de servicio, aunque se niegue rotundamente a repararlo adecuadmente, a pesar de haberle pagado el 50% de su presupuesto verbal, por adelantado.
7.- Que aunque el cliente no autorizó el cambio de bujias ni el del anticongelante, lo cobra a precio de oro sin haber hecho presupuesto, al respecto, trabajo que nada tenía que ver con el cambio del sensor del acelerador.
8.- Que tiene dinero de sobra para pagar abogado para defenderlo y no para comprar --como cualquier prestador de servicios--la refacción, instalarla y recibir el pago a la entrega de la unidad ya reparada convenientemente.
9.- Que en el momento en que sacó el auto de su taller, hace quince días, decidió negarse a reparar el auto  y dejar al cliente en libertad de llevarlo a otro taller, causándole el grave daño de:
a) haberlo privado de su vehículo por más de un mes, sin razón alguna, habiendo prometido repararlo al día siguiente que lo llevó la grúa a su taller, grúa que él mismo contrató, pero que pagó el cliente. Este acto inequitativo causó al cliente gastos de transporte que evalúa en $5,000.00.
b) haber obligado al cliente a pagar el costo del traslado en grúa--$250.00-- y supuestamente (porque no lo ha acreditado) el costo de un sensor de acelerador por $400.00.
c) Finalmente, tener que pagar el costo de¡otra grúa!--$300.00-- que transladará  el auto a otro taller.
d) Adquirir ¡otra batería LTH!, al costo de $1,000.00 o más, según el precio en el mercado.

Señor Delegado
Miguel Cedillo Medina:

El lunes de la próxima semana estará allí la C. ALICE DENEGRE VAUGHT ROJAS para proceder como lo marca la Ley en la Materia, para presentar su queja en contra del  señor "N" y para que se señale fecha y hora para la primera audiencia, que debió haberse celebrado hoy, lo cual no fue posible porque a tal hora y día se verificó la diligencia de verificación de hechos, acto inusual porque
  •  CONTRARIO A DERECHO, SE TOMAN DECLARACIONES DE UN SEÑOR "X" O "N", QUE NUNCA SE IDENTIFICÓ, DEMOSTRANDO SU OLÍMPICO DESPRECIO POR ESA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA, TAL  COMO LO EXPRESÓ VERBALMENTE Y ANTE TESTIGOS.
  • EL INFORME QUE RINDEN LOS NOTIFICADORES ES ABSOLUTAMENTE PARCIAL, ERRÓNEO, INCOMPLETO Y, COMO MANIFESTARON AMBOS SERVIDORES PÚBLICOS, NO SIRVE DE NADA, PORQUE LA CONSUMIDORA TENDRÁ QUE PRESENTAR LA QUEJA QUE YA SE HABÍAN NEGADO A RECIBIR, ADUCIENDO EN LA OFICIALÍA DE PARTES QUE NO LLEVABA EL NOMBRE DEL PROVEEDOR, NI SU DIRECCIÓN, 
  • Y EN EL ACTA DE CONSTATACIÓN DE HECHOS TAMPOCO HAY
1.- NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO,
PUES PONEN """""" TALLER MECÁNICO",
2.- NOMBRE DEL PROPIETARIO, PUES PONEN: "JAVIER", NO MÁS,
3.- NI DOMICILIO, YA QUE PONEN ÚNICAMENTE: "CARRETERA CUERNAVACA-ACAPULCO, COL. ACATLIPA", Y como usted sabe, este poblado se extiende unos tres kilómetros a  ambos lados de la mencionada carretera, y sobre la cual hay varios talleres mecánicos y alguno  tiene como dueños a un ciudadano de nombre "JAVIER".
 
 4.- ESTA ACTITUD MACHISTA, BRAVUCONA,  fanfarrona; baladronada, chulería, jactancia, desplante, GESTO desaforado, desafíante, de provocación a los representantes de esa autoridad administrativa,  debe de ser apercibida porque,  si la propia jefa del departamento de servicios de esa dependencia, advierte al final de su oficio, que el personal de PROFECO está obligado a identificarse con la credencial vigente, expedida por esa autoridad y que debiera ser exhibida en el momento de la diligencia, contimás el proveedor acusado de transgredir diversos numerales de la Ley en la materia.
 
5.- Por eso mismo, me propongo dar seguimiento a este caso machista donde, como he manifestado en facebook, twitter,perf, sonic, windows live y muy diversos blogs, además de mis revistas electrónicas AL GRANO!, de paginasprodigy y multimania de España, se observa un desprecio al orden legal, donde prevalece la ley de la selva de sálvese el que pueda y de manera arbitraria, caprichosa y contraria al respeto a todos los derechos humanos se maltrata, vilipendia, calumnia y difama impunemente.
 
Este señor Javier "N", junto con tres de sus parientes, ayudantes o valedores, no sólo impugnó el procedimiento de manera grosera sino que ofendió a la quejosa de modos grotescos y salvajes.

Un cobarde "valentón"  que tiene esos desplantes con una jovencita y una señora respetable que no tienen nada de vulgares Valentinas, no merece más que sanciones de parte de las autoridades y yo me propongo interponer una denuncia de hechos en el Ministerio público por lo acontecido durante la diligencia y por el tiempo extraordinario que se ha llevado la retención del vehículo, sujeto de esta queja, sin que haya sido debidamente reparado a la fecha.

En cambio, le aseguro que sí se repararán debidamente los daños que ha causado este irresponsable individuo a la consumidora. Espero que en esa Delegación también se llegue al acuerdo de sancionarlo por las violaciones a las que me he referido.

Atenta y respetuosamente,



Dr. Manuel Augusto Walter Lívingston Denegre Vaught y Alcocer.





miércoles, 16 de marzo de 2011

VUELVE A LAS ANDADAS EL DELEGADO QUE DEFIENDE AL PROVEEDOR

Estuve en la Delegación PROFECO, EL JUEVES pasado.


No es ZEDILLO ¡que es Cedillo, ¿e?-! Pero lo que sigue, le va al dedillo:

Para quien tiene experiencia en tribunales, resulta evidente que las autoridades se han encargado de montar dispositivos discriminatorios, vejatorios y de mal trato para el adulto mayor o "viejo pendejo" --como se atrevió a gritarme un vigilante y verificador-- para intimidar y responder canallescamente a mis peticiones ajustadas a Derecho.
Llegan los consumidores a la Delegación Cuernavaca y los tratan despóticamente como indios necios, tosudos y molestos. ¿Por qué? Pues porque el Delegado CEDILLO MEDINA es un déspota, engreído e ignorante que llegó con esos desplantes a una delegación cuyos trabajadores pronto lo mandaron a paseo, se quejaron e intentaron sacar al día siguiente.

No pudieron porque todo en este país de nunca jamás,   con burrócratas que llegan al puesto, no como servidores públicos, sino como torturadores del pueblo, para vengarse de las afrentas a las que fueron sometidos enn su vida gris. Y se quedó haciendo tranzas. Tranzó con la gente que ha actuado con corrupción desde que llegaron al ´puesto. Y cómo se las saben de todas, todas, las ha dejado para que sigan medrando al amparo del propio delegado que se cree virrery, representante de la corona panista en Cuernavaca.Así, por ejemplo, una señora Rosa María que no verifica gasolineras a petición del público sino únicamente las que le conviene o la señora Corona Marquina, que protege a como de lugar a los proveedores y permite que se hagan cambios  de compaginación en expedientes en que mutatis mutandis, de la última hoja pasa a ser la primera, foja ya falsificada, tan a ojos vistas, que así la califica el propia Delegado Hipólito Prieto: se trataba evidentemente de una grave alteración, para "ayudar"# al proveedor poderoo$$$o.!!!


¿Qué pido? Que un proveedor sinvergüenza responda de los siguientes hechos en contra de su cliente:

Estos hechos son los típicos en un pequeño poblado donde no sabe la gente con qué se come una dizque ley profeco o quien es ese "Profe". Y si saben,  se hacen patos. Así un individuo llamado Javier--por todo nombre que da los incautos-- tiene un tallercito en la carretera libre de Cuernavaca-Acapulco, sin nombre ni más señas. Recibe dinero supuestamente para refacciones y no da recibo. Contrata una grúa para llevar el vehículo (el peor del mundo, un Platina,  y obliga al cliente a pagar más de lo que dijo que costaría); se roba el acumulador del auto y pretende cambiarlo por uno inservible; retiene el auto por más de un mes, tras prometer entregarlo el mismo día y después de recibir el dinero que exigía para refacciones; no le hace nada al auto; luego, lo saca del taller y lo deja a un lado de la carretera para exponerlo a robo, saqueos y, en fin, a la intemperie. La dueña hace una prolija narración de estos hechos, tal como aconseja la propia Procuraduría, intenta presentar su escrito y, de modo inconstitucional, le niegan ese derecho en la oficialía de partes: le niegan el procedimiento de la "conciliación telefónica",  programa Procitel, establecido para la recepción de quejas, y le enconmiendan que verifique los hechos a un verdadero mañoso, un supuesto "notificador" que en varias ocasiones vino a "notificarme", poniendo en sus reportes, falsedades sin cuento y sirviendo de protector del proveedor de servicios. Este sujeto, inmediatamente suelta a la jovencita consumidora la "recomendación" de su patrón, Cedillo, de que presteará toda atención al proveedor para mandar por un tubo, queja, consumidor y coche para el arrastre.  Y esto el día en que vaya por él a sus "oficinas" pues carece de auto. ¡Ah!, y que lo devuelva a su guarida, tras la importante gestión de verificar si lo que dice la consumidora es cierto, oyendo las falsedades del proveedor-mecánico automotriz!!
Así se las gasta el delegado Cedillo, quien sin duda actúa como protector del proveedor-- sobretodo si está ligado a los negocios de los autos, porque él mismo ha sido toda su vida distribuidor de autos y comprende tiernamente a los pobrevitos dealers--- y, del mismo talante,  desecha quejas a granel de los sufridos consumidores.

He aquí la queja que no pudo presentarse por negarse--contra todos los derechos humanos, garantías individuales y procedimientos legales--, el susodicho malencarado delegado malhadado, Cedillo que le va al dedillo a una administración corrupta y feudalista, con la que está a partir un piñón:
 
       Escrito desechado por la Delegación PROFECO de Cuernavaca, de queja  iniciada el 3 DE MARZO DEL 2011.

C. SR. DELEGADO DE PROFECO
PRESENTE:

ALICE DENEGRE VAUGHT ROJAS, consumidora, con domicilio en Mediz Bolio 70, Col. Granjas Mérida, Temixco, Morelos y teléfono 7773855925, para recibir y oír toda clase de notificaciones, presente en esta Delegación de Cuernavaca, de PROFECO, informa que:

El viernes 11 a las 10.20 me presenté en esa Delegación y fui atendido por una de las receptoras de quejas de su sala principal.

Me prometió que pronto estaría en contacto conmigo un empleado para acompañarme al taller para constatar los HECHOS, que, en este párrafo introductorio consisten en violación al artículo 12 de la Ley en la materia porque el proveedor, tiene obligación de entregar al consumidor factura, recibo o comprobante, en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada y a la fecha, a pesar de que ha recibido de manera directa seiscientos cincuenta pesos para compra de refacción consistente en sensor de arranque, cigüeñal, de Platina, Nissan. Y, además, para el pago del traslado del auto de la Colonia Rubén Jaramillo a su taller. Asimismo, violó el artículo 59 porque nunca me entregó un presupuesto por escrito. Y ha cometido actos contrarios a la Ley porque sin mi autorización ha dejado mi auto en plena vía pública—carretera Cuernavaca-Acapulco, no obstante que mientras el auto estaba en su taller se robó mi batería “LTH”, lo que acepta ofreciéndome verbalmente cambiármela por una suya, usada, ya que no acepté una carcacha que pretendía endilgarme, de nombre “cromos””, vieja y destartalada.
HECHOS:


1.- En la avenida principal de Acatlipa, Emiliano Zapata, municipio de Temixco, se encuentra un taller mecánico, sin nombre, ubicado a un lado de una cerrajería, el taller es atendido por el Sr. Javier N. a  quien  contraté  para que me prestara un servicio mecánico-automotriz, a mi automóvil Platina de Nissan que no arrancaba por algún problema electrónico.  Así es que se quedó en frente del predio de la Sra. Guadalupe Reyes Vázquez, en la calle López Rayón colonia Rubén Jaramillo.
                                               

2.- El día viernes 18 de febrero del presente año, fue el Sr. Javier a revisar el automóvil, dijo que no pasaba la corriente eléctrica al motor para que este encendiera, pero que tendría que escanear para ver el verdadero fallo, y que para esto seria necesario contratar un grúa para poder transportarlo a su taller y así ver el fallo. Ese mismo día el se comprometió a escanear el coche e informarme sobre el fallo, ya que saldría de viaje en la tarde y que regresaría hasta el día lunes 21 de febrero.

3.- El Sr. Javier fue quien hablo para contratar el servicio de la grúa ya que él había dicho que era su amigo y que por lo tanto dejaría el costo en un precio especial,   más o menos de trescientos pesos,  y que aun así trataría de que se cobrara menos, ya que el trayecto  es muy corto.

4.- Se había acordado  que tendríamos que ir juntos por el automóvil para que yo hablara con el de la grúa y para saber el costo verdadero, tratándose de que fuera lo menos caro  antes,  de que se hiciera el servicio de la grúa. Se quedó en que el Sr. Javier localizaría al de la grúa, ya que cuando fue a solicitar el servicio de su socio,  al local de al lado de su tallercito, el gruyero no se encontraba. Cuando me comuniqué nuevamente con el Sr.  Mecánico me dijo que el de la grúa  ya había ido por el coche solo, y que yo lo viera en su taller para ahí pagarle, a su ayudante,  al de la grúa. Resultó  que cuando llegué no estaba ni el Sr. de la grúa ni el Sr. Javier, y me encontré con una persona  que dice vive en la parte de arriba del taller, donde llego mi coche,  ubicado en la Av. Emiliano Zapata. Éste me pidió el dinero del servicio de la grúa que, según él,  eran de trescientos cincuenta pesos y que a menos que se lo diera, NO  me daría las llaves de mi automóvil. También,  Éste mismo me informó que el Sr. Javier ya se había marchado, DE PASEO A Monterrey,  sin hacerle nada al coche y que me lo arreglaría hasta su vuelta, que fue el miércoles siguiente.

5.- No estuve de acuerdo con  ese precio por el servicio de la grúa, ya que en ningún momento se llegó a un acuerdo por el precio antes del servicio, por lo que no pagué a este señor que yo no conozco, así que fui a buscar al de la grúa el cual tampoco conozco,  pero no se encontraba. Regrese ese mismo día en la tarde, y sin llegar a ningún acuerdo se quedó que le dejaría en ese momento doscientos cincuenta pesos, por el servicio.

Desde este momento  estoy inconforme con  la forma en que se están llevando a cabo los supuestos servicios a mi coche sin siquiera darme la información completa y sin hacerla nada, aún, hasta el día de hoy, excepto causarle daños físicos al auto y exponerlo a que se lo roben, pues se encuentra en plena carretera.

 La persona  Desconocida—quien se negó a dar su nombre—y  que dice que vive en el taller, se quedó con las llaves de mi auto sin justa razón, diciendo que necesitaría las llaves del coche para moverlo cuando fuese necesario, pero no se podría hacer eso, ya que el coche no encendía.

6.- El día 21 de febrero me comuniqué al taller para pedir informes del coche y el mecánico, se me dijo, que aun no llegaba del viaje  y que no se le haría nada al coche hasta que terminara de pagar el servicio de la grúa, el cual nada tiene que ver con el servicio de mi coche. El  mecánico regresaría hasta el día miércoles 23. El caso es que el mecánico debería haber pagado ese servicio y luego cobrarme lo que habíamos convenido: una suma inferior a 300 pesos.

7.- El día 27 de de febrero regrese a ver el coche, sin antes tener ninguna respuesta sobre el coche, me dijo que no había escaneado aun el coche, que aun así se trataba del censor de arranque del coche y que se tendría que comprar, y mas o menos el precio seria de ochocientos pesos, pero que  tendría que ir antes a ver el coche y hablar con el.

8.- Al día siguiente, fui a ver el automóvil, y resultó que el señor mecánico había ido a mi casa precisamente para hablar sobre el coche; fue a decir que quería terminar cuanto antes de arreglar el coche y que necesitaría cuatrocientos pesos para comprar dos sensores de fabricación nacional, y otros cuatrocientos de mano de obra y que inmediatamente estaría el coche listo. Eso le prometió a mi padre, ante testigos.

9- El día primero de marzo, fui a dar el pago adelantado,  por el servicio del coche, que había acordado con mi padre, pero sin darme nunca nada escrito. Dejé cuatrocientos pesos con el hijo-chalán del Sr. Mecánico y éste quedó conmigo en que en una hora aproximadamente estaría  el coche listo, fue hasta cuando regresé que me di cuenta que la batería de mi coche había sido cambiada: el acumulador de mi coche es de marca LTH del cual presento factura y garantía anexa a este ocurso y la batería que estaba en mi coche y decían que era el mío, es uno de marca CROMOS; para acabar de amolar, esta batería, que no acepto como la mía,  está en muy malas condiciones,  al grado que dijeron que tenían que cargarla para que pudiera encender el coche –ya que aún no podían arrancarlo-; quedé que regresaría más tarde. Cuando volví, llevé la factura de mi batería mostrando que esa no era la mía y que yo quiero mi original acumulador; el Sr. Javier se excusó diciendo que él no sabia nada y que no podía hacer nada respecto a eso y salió con que el coche aun no estaba listo, de cualquier forma,  ya que las piezas que había comprado no servían para el coche y que se tendrían que comprar las originales, y también me dijo que se necesitaría mas dinero de lo acordado, porque cambió las bujías, el anticongelante y cobraba por el servicio del escáner.

El Sr. Javier,  en ningún momento me ha dado la factura de la compra de las piezas, rompe arbitrariamente con la acordado verbalmente sobre el presupuesto del coche, y que para mí es realmente imposible pagar lo que ahora pretende, que es $2,000.00, además de los seiscientos cincuenta pesos que ya recibió este deshonesto prestador de servicios.  cantidad excesiva ya que no tengo ese dinero y que hace imposible llegar a acuerdo alguno tras haberme perjudicado con retener el auto por más de MES, sin haberle hecho nada excepto causarle daños y a mí perjuicios, que yo estimo en $10,000.00 por uso de taxis, y de otros gastos en que he tenido que incurrir por carecer de mi vehículo;  y, todavía hay que tomar en cuenta que me causa aún mas gastos,  al quererme dar un acumulador que no sirve y que de aceptarlo tendría que comprar otro nuevo,  para que pueda funcionar mi automóvil platina.  Además, este cínico dizque prestador de servicios, se hace el desentendido sobre mi acumulador, diciendo que tal vez el de la grúa fue el que se lo llevó, sin aceptar que es su propia responsabilidad, ya que mi coche ha estado en su taller por más de un mes, y fue él quien contrato al de la grúa.

CONCLUSIÓN Y ÚNICAS PETICIONES A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA:

Por todo lo  expuesto, yo pido que se  arregle mi coche sobre el presupuesto primeramente acordado, que consistió en un arreglo verbal ante mi padre de que cobraría únicamente $800.00; que se me devuelva mi acumulador o en todo caso que se me bonifique por la perdida y que RECONOZCA que si las refacciones que compró  no eran las adecuadas  es responsabilidad del mecánico y no la mía y que, por tanto se entienda que el dinero que ha recibido sin siquiera firmar de recibido en papel alguno, sea deducido de ese presupuesto original y, además, que me pague la cantidad que he gastado por carecer de mi vehículo en el tiempo que ha transcurrido desde que se comprometió a entregármelo, siempre verbalmente, todo lo cual infringe3 las disposiciones que copio al final de esta QUEJA, en el capítulo de DERECHJO.

También solicito a esta H. Autoridad Administrativa que exhorte a este pésimo prestador de servicios a que de la manera más rápida tenga  mi coche listo, ya que es sumamente necesario para mí, habiéndome causado daños y perjuicios económicos que ya he estimado en $10,000.00—que debe resarcirme--  además de otras molestias en que me he involucrado como son pérdida de tiempo en ir incontables veces a su taller, daños y perjuicios, pues, de toda índole, que deben resarcirse deduciendo la cantidad que se estime prudente y justa de este presupuesto verbal original, ante testigos, siendo una testiga  principal, la Sra. María Guadalupe Reyes Vázquez, quien me acompaña.

                                                      DERECHO:


ARTÍCULO 1.- El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.


ARTÍCULO 6.- Estarán obligados al cumplimiento de esta ley los proveedores y los consumidores. Las entidades de las administraciones públicas federal, estatal, municipal y del gobierno del Distrito Federal, están obligadas en cuanto tengan el carácter de proveedores o consumidores.

ARTÍCULO 7 BIS.- El proveedor está obligado a exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor.

Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito.


ARTÍCULO 9.- Los proveedores de bienes o servicios incurren en responsabilidad administrativa por los actos propios que atenten contra los derechos del consumidor y por los de sus colaboradores, subordinados y toda clase de vigilantes, guardias o personal auxiliar que les presten sus servicios, independientemente de la responsabilidad personal en que incurra el infractor.


ARTÍCULO 12.- Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación fiscal, el proveedor, tiene obligación de entregar al consumidor factura, recibo o comprobante, en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada.


ARTÍCULO 59.- Antes de la prestación de un servicio, el proveedor deberá presentar presupuesto por escrito. En caso de reparaciones, el presupuesto deberá describir las características del servicio, el costo de refacciones y mano de obra, así como su vigencia, independientemente de que se estipulen mecanismos de variación de rubros específicos por estar sus cotizaciones fuera del control del proveedor.

ARTÍCULO 60.- Las personas dedicadas a la reparación de toda clase de productos deberán emplear partes y refacciones nuevas y apropiadas para el producto de que se trate, salvo que el solicitante del servicio autorice expresamente que se utilicen otras. Cuando las refacciones o partes estén sujetas a normas de cumplimiento obligatorio, el uso de refacciones o partes que no cumplan con los requisitos da al consumidor el derecho a exigir los gastos necesarios que pruebe haber efectuado y, en su caso, a la bonificación a que se refiere el artículo 92 TER de esta ley.

ARTÍCULO 62.- Los prestadores de servicios tendrán obligación de expedir factura o comprobante de los trabajos efectuados, en los que deberán especificarse las partes, refacciones y materiales empleados; el precio de ellos y de la mano de obra; la garantía que en su caso se haya otorgado y los demás requisitos señalados en esta ley.

ATENTA Y RESPETUOSAMENTE,

LA CONSUMIDORA, ALICE DENEGRE VAUGHT ROJAS.

A 14 de marzo de 2011,

Temixco, Morelos.

 


Hay más, pero basta esta rudimentaria enumeración para darse cuenta del modo como se trata al cliente en esta pésima Delegación.
EN REALIDAD LO FUNDAMENTAL ES QUE han dejado al cliente SIN GARANTÍA y que todo es consecuencia de un fraudulento contrato verbal que incumple con las normas establecidas que son de ORDEN PÚBLICO, DE INTERÉS SOCIAL Y OBLIGATORIAS EN TODA LA NACIÓN por ser de índole federal: la LEY PROFECO y la de TRANSPARENCIA para entidades de servicio y sus adecuaciones reglamentarias de PROFECO, que jamás aplica Cedillo.

La Jefa de Servicios, Lic. Blanca Selene Corona Marquina me miró con una ira y un odio indescriptible que me hizo estremecer. Recordé que la mirada es el lenguaje más elocuente que existe. Como semiótico, estoy enterado que sus ojos resplandecían con rayos, truenos y centellas tal cual en una cantina un macho mata al que lo miró feo. ¿Y por qué esta señora habría de indignarse en contra de un consumidor anciano que está defiendo lo que ella sabe perfectamente bien que está en Derecho y que deben aplicarse las normas por que si no ella simplemente incurrirá en delitos graves federales por omisiones de servidor público. Pues es que tendrá que aclarar por qué se niega a recibir y tramitar la simple queja copiada arriba que se ha llevado a PROFECO.Hasta la fecha, no responden a mi petición. Aunque usted no lo crea...

Como el San Jorge, que está descontinuado porque ya se descubrió que nunca existieron los dragones, yo sí tendré que liquidar culebras, alimañas, víboras y animalñes más peligrosos que los dinosaurios tiranosaurio y demás fauna maligna que intentan combatir al adalid de las causas nobles que defiende a la socialmente desprotegida clase consumidora.

¿Y sabe qué? Esa es la clase en la que está usted y todos los mexicanos y todos los ciudadanos del mundo: la muy abusada consumidora.
No hace mucho, en un caso que causó bochorno en la PROFECO CENTRAL y a las autoridades de Transparencia, la misma funcionaria intentó proteger al corrupto mercachifle, vendedor de autos, en rl Polvorín, porque no firmó con el cliente un contrato de adhesión autorizado por PROFECO, ofreciendo uno espurio, ilegal y que me obliga a pagar mil pesos más cada mes por un contrato con un seguro que yo no firmé, ni quise ni quiero porque QUALITAS es una aseguradora chafa que no llevó mi auto en grúa al taller el día del siniestro; me entrega un coche desvencijado y me exige un deducible que no puedo aceptar porque no tengo directamente nincún trato con tal entidad fraudulenta.
No más por no haber realizado la operación con el contrato de adhesión idóneo, la NISSAN AGRÍCOLA se hubiera hecho merecedora una cuantiosa multa para nada decir de su negación a proporcionar los servicios de garantía y de entregar al cliente la póliza correspondiente.
Si por todo esto, el ciudadano merece que se le trate vejatoriamente como "viejo pendejo"--tal como me llamó un servil lacayo de Cedillo--trato endilgado  por los cobardes servidores públicos que debieran protegerlo en contra de esos abusos y que, encima de todo, conviertan a la PROCURADURÍA EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR en una institución al servicio de comerciantes sin escrúpulos, entonces ¡¿qué espera la Contraloría de PROFECO para intervenir, castigar a los funcionarios ineptos y abusivos y proporcionar al ciudadano el servicio que merece, aplicando las leyes rigurosamente?
Esto todo lo podré demostrar ante testigos, documentos probatorios y, sobretodo, con actuaciones irregulares que incumplen con las normas establecidas y que en vez de ayudar, friegan inmoralmente al consumidor. No sólo eso: lo dejan desprotegido y expuesto a toda clase de peligros. Más aún: le impiden utilizar su propio auto. Así de cierto: esos prestadores de servicios y sus coaligados servidores públicos afectan  gravemente al consumidor con daños, perjuicios y trampas, con la esperanza de que en un accidente muera. Es una maquinación criminal, sin duda.
De una lanzada, parémosla en seco. ¡Ya basta!