jueves, 17 de marzo de 2011

"LA DILIGENCIA DE ACREDITACIÓN DE HECHOS " por PROFECO!!!!

En un oficio fechado hace 3 días--14 de marzo 2011--la inefable Blanca Selene Corona Marquina, jefa del departamento de servicios de la delegación en Cuernavaca de PROFECO, pone que la audiencia que se habían rehusado a fijar, apenas la semana pasada, sería llevada a cabo hoy en la mañana. A la misma hora, 10 y media, estaba la quejosa en el taller de marras y allí llegaron dos notificadores por sus propios medios.

Se habían negado, también, a ir. Exigían que la joven señora consumidora fuera a buscarlos. Cambió su parecer-- al parecer-- el Sr. Cedillo Medina y se enfrentaron a un pequeño hombre de la tercera edad que era el maestro Javier "N". Se negó a identificarse y el señor "N", asimismo rechazó todas las acusaciones de la consumidora.
 
Empero, encontraron el auto en plena carretera Cuernavaca-Acapulco, frente a una cerrajería sin nombre, en cuyo interior está el pequeño antro dizque taller (no hay ninguna herramienta, ni aparato). Empero el supuesto C. Ernesto Nápoles González (lo que no consta, porque no firma y su nombre aparece sólo mecanografiado) pone eufemísticamente que el  "veiculo (sic) se encuentra en una parte de afuera del taller" (?). Es decir, para Napóles, Francisco Hernández y/oJaime Uscanga la carretera es ¡¡la parte externa del taller!!

Comienza el informe por permitirse informar a la Procu del estado del auto. Pues en ninguna parte de este escrito, con pésima sintaxis--que resulta peor que la de un chiquillo de primaria-- se dice cuál es, a SABER QUE el auto está descompuesto, queNO TIENE BATERÍA, PORQUE SE LA ROBARON Y EL SR. "N", SE REHÚSA A REPONERLA; QUE NO TIENE ARRANQUE, PORQUE NO HA ARREGLADO ESA FALLA--motivo por el que lo llevó en grúa a su taller-- Y que está sucio, empolvado, rayado y abandonado, como fierro viejo.Luego, se sacan de sus pistolas ambos gacetilleros de la procu de Cuerna que (todo, sic)  "por lo tanto se llego a una solucion que el consumidor comprara la pieza del veiculo y la parte proveedora respondera por la garantia de su trabajo pero al cambiar de nuevo por lo tanto el consumidor no estar de acuerdo con el cobro de la reparacion por lo tanto manifiesto nuevamente el veiculo se quedo fuera del taller manifestando el proveedor no hacerse responsable del veiculo por lo tanto se le entrego 400 pesos del 50% de antisipo de la reparacion (?) se le cambiaron las bujias y un anticongelante y lo escanearon para detectar falla por lo cual el consumidor manifiesta que no le pidieron autorisacion de poner las refacciones sin mas por el momento se dio por terminada diligencia siendo las 12.05 del dia antes mensionado".
¿No quiere creer usted  que en el párrafo precedente el quassi analfabeta de  la procu de Cuerna cometió 36 errores garrafales? Vuelva usted a leerlo y hállelos. ¡Es un puzzle!
 
En ese galimatías, ni usted ni yo podremos saber nunca que quiso exponer el informante de la Delegación Morelos de la PROFECO. Es una "pieza" para "aunque usted no lo crea".
Tras ¡cuatro veces!  repetir el idiotismo "por lo tanto" sin ton ni son, en un error tautológico, expresiones  que no son consecuencia de ninguna conexión lógica anterior, se ve que se conmina al cliente  a comprar la refacción, consistente en un sensor de acelerador-cigüeñal de Nissan, el cual valuó N en 400 pesos, dinero que le fue entregado inmediatamente, prometiendo que el auto estaría listo el mismo día, 1 de marzo . Ese día manifestó que su reparación costaría otros 400 pesos, con lo cual se pagó por adelantado el 50% del costo sin que entregara el presupuesto por escrito ni extendiera recibo por el dinero entregado.

Este "N" es una identidad tan perdida como su nombre para la Secretaría de Hacienda. Parece que vive del aire. No paga impuestos por los trabajos realizados ni se sabe nada de sus ingresos. No da ninguna garantía ni extiende resguardo, recibo, justificante, comprobante, acuse, factura, vale, talón, albarán al incauto cliente.
Ahora bien, quizás lo más trascendente de esta visita que se sospecha, se conjetura,  que era para detectar anomalías, violaciones e infracciones a la Ley de la PROFECO, tales como los artículos:  7bis (no hay en ese antro ninguna exhibición de forma notoria y visible del monto total a pagar por los servicios que ofrece el proveedor, como el cambio de bujías, anticongelante, etc.); el art. 9 (porque se robaron el acumulador y aunque el Sr." N", afirma que ignora cómo pasó, lo cierto es que dicho artículo señala que incurre en responsabilidad administrativa por actos propios o de sus colaboradores, subordinados y toda clase de personal por ese tipo de actos, en el caso de sustracción de bienes ajenos que atentan a derechos de propiedad),
o el art. 12 que señala que además de la legislación fiscal, que debe condenarlo a pagar una MULTOTA, el proveedor tiene obligación de entregar al consumidor, factura, recibo o comprobante en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada.

Por otra parte, nada decir de que los 400 pesos que señalan los enviados de la PROFECO-CUERNAVACA, aunque, en efecto, tales empleados no dicen esta boca es mía, al respecto, esa cantidad --400 pesos--que admitió haber recibido "N",  ESTÁ RELACIONADA CON EL ARTÍCULO 59 que indica que antes de la prestación de un servicio, el proveedor deberá presentar presupuesto por escrito y en el caso de reparación, el presupuesto deberá describir las características del servicio, el costo de refacciones y mano de obra, así como su vigencia.
De todo esto se habló, durante la diligencia, pero no se asentó en el acta ni un ápice. Lo que oyeron y atestiguaron  la quejosa, la señora Guadalupe Reyes Vázquez y el Sr. José Guillén, además de estos hechos, relacionados con los mencionados artículos de la ley en la materia, es:

1.- Al Sr. "N" la ley PROFECO y sus representantes le importan tan poco que "se los pasa por debajo del arco del triunfo", tal cual, así lo dijo ¡y lo adornó con una mímica vergonzosa!
2.- Que la joven señora Alice Denegre Vaught "es peor que su padre, el cual goza de la nada envidiable fama de ser conflictivo y de pelear ante gigantes del automovilismo como son Nissan y Peugeot, no más por no pagar".
3.- Que no devuelve la batería robada ni la sustituye por otra equivalente.
4..- Que no sólo no paga daños ni perjuicioos por retener el auto por más de un mes sin haberlo reparado, sino que pretende cobrar pensión por haberlo tenido todo ese tiempo sin repararlo.
5.- Que no se hace responsable de lo que le haya pasado al auto por haberlo tirado arbitrariamente a la carretera que pasa frente a su taller.
6.- Que no paga por el traslado del auto a otro taller de servicio, aunque se niegue rotundamente a repararlo adecuadmente, a pesar de haberle pagado el 50% de su presupuesto verbal, por adelantado.
7.- Que aunque el cliente no autorizó el cambio de bujias ni el del anticongelante, lo cobra a precio de oro sin haber hecho presupuesto, al respecto, trabajo que nada tenía que ver con el cambio del sensor del acelerador.
8.- Que tiene dinero de sobra para pagar abogado para defenderlo y no para comprar --como cualquier prestador de servicios--la refacción, instalarla y recibir el pago a la entrega de la unidad ya reparada convenientemente.
9.- Que en el momento en que sacó el auto de su taller, hace quince días, decidió negarse a reparar el auto  y dejar al cliente en libertad de llevarlo a otro taller, causándole el grave daño de:
a) haberlo privado de su vehículo por más de un mes, sin razón alguna, habiendo prometido repararlo al día siguiente que lo llevó la grúa a su taller, grúa que él mismo contrató, pero que pagó el cliente. Este acto inequitativo causó al cliente gastos de transporte que evalúa en $5,000.00.
b) haber obligado al cliente a pagar el costo del traslado en grúa--$250.00-- y supuestamente (porque no lo ha acreditado) el costo de un sensor de acelerador por $400.00.
c) Finalmente, tener que pagar el costo de¡otra grúa!--$300.00-- que transladará  el auto a otro taller.
d) Adquirir ¡otra batería LTH!, al costo de $1,000.00 o más, según el precio en el mercado.

Señor Delegado
Miguel Cedillo Medina:

El lunes de la próxima semana estará allí la C. ALICE DENEGRE VAUGHT ROJAS para proceder como lo marca la Ley en la Materia, para presentar su queja en contra del  señor "N" y para que se señale fecha y hora para la primera audiencia, que debió haberse celebrado hoy, lo cual no fue posible porque a tal hora y día se verificó la diligencia de verificación de hechos, acto inusual porque
  •  CONTRARIO A DERECHO, SE TOMAN DECLARACIONES DE UN SEÑOR "X" O "N", QUE NUNCA SE IDENTIFICÓ, DEMOSTRANDO SU OLÍMPICO DESPRECIO POR ESA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA, TAL  COMO LO EXPRESÓ VERBALMENTE Y ANTE TESTIGOS.
  • EL INFORME QUE RINDEN LOS NOTIFICADORES ES ABSOLUTAMENTE PARCIAL, ERRÓNEO, INCOMPLETO Y, COMO MANIFESTARON AMBOS SERVIDORES PÚBLICOS, NO SIRVE DE NADA, PORQUE LA CONSUMIDORA TENDRÁ QUE PRESENTAR LA QUEJA QUE YA SE HABÍAN NEGADO A RECIBIR, ADUCIENDO EN LA OFICIALÍA DE PARTES QUE NO LLEVABA EL NOMBRE DEL PROVEEDOR, NI SU DIRECCIÓN, 
  • Y EN EL ACTA DE CONSTATACIÓN DE HECHOS TAMPOCO HAY
1.- NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO,
PUES PONEN """""" TALLER MECÁNICO",
2.- NOMBRE DEL PROPIETARIO, PUES PONEN: "JAVIER", NO MÁS,
3.- NI DOMICILIO, YA QUE PONEN ÚNICAMENTE: "CARRETERA CUERNAVACA-ACAPULCO, COL. ACATLIPA", Y como usted sabe, este poblado se extiende unos tres kilómetros a  ambos lados de la mencionada carretera, y sobre la cual hay varios talleres mecánicos y alguno  tiene como dueños a un ciudadano de nombre "JAVIER".
 
 4.- ESTA ACTITUD MACHISTA, BRAVUCONA,  fanfarrona; baladronada, chulería, jactancia, desplante, GESTO desaforado, desafíante, de provocación a los representantes de esa autoridad administrativa,  debe de ser apercibida porque,  si la propia jefa del departamento de servicios de esa dependencia, advierte al final de su oficio, que el personal de PROFECO está obligado a identificarse con la credencial vigente, expedida por esa autoridad y que debiera ser exhibida en el momento de la diligencia, contimás el proveedor acusado de transgredir diversos numerales de la Ley en la materia.
 
5.- Por eso mismo, me propongo dar seguimiento a este caso machista donde, como he manifestado en facebook, twitter,perf, sonic, windows live y muy diversos blogs, además de mis revistas electrónicas AL GRANO!, de paginasprodigy y multimania de España, se observa un desprecio al orden legal, donde prevalece la ley de la selva de sálvese el que pueda y de manera arbitraria, caprichosa y contraria al respeto a todos los derechos humanos se maltrata, vilipendia, calumnia y difama impunemente.
 
Este señor Javier "N", junto con tres de sus parientes, ayudantes o valedores, no sólo impugnó el procedimiento de manera grosera sino que ofendió a la quejosa de modos grotescos y salvajes.

Un cobarde "valentón"  que tiene esos desplantes con una jovencita y una señora respetable que no tienen nada de vulgares Valentinas, no merece más que sanciones de parte de las autoridades y yo me propongo interponer una denuncia de hechos en el Ministerio público por lo acontecido durante la diligencia y por el tiempo extraordinario que se ha llevado la retención del vehículo, sujeto de esta queja, sin que haya sido debidamente reparado a la fecha.

En cambio, le aseguro que sí se repararán debidamente los daños que ha causado este irresponsable individuo a la consumidora. Espero que en esa Delegación también se llegue al acuerdo de sancionarlo por las violaciones a las que me he referido.

Atenta y respetuosamente,



Dr. Manuel Augusto Walter Lívingston Denegre Vaught y Alcocer.





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